RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 032-2021

CONSIDERANDO I:
Que de acuerdo al articulo 302, numeral 28 de la Constitución Política del Estado, el Gobierno Municipal tiene competencia para Disecar, Construir. Equipar y Mantener la infraestructura y obras de interés público y bienes de dominio municipal, dentro de su jurisdicción temtonalQue la misma Carta Magna establece en su articulo 302 1.35 que una de las competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su Jurisdicción, es la de suscribir convenios y/o contratos con personas naturales o colectivas, públicas y privadas para el desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones, competencias y finesQue la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental (SAFCO), en su articulo 10. establece la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios en la administración públicaQue, la Carta Orgánica Municipal de El Torno, establece en su articulo 33. numeral 8 que una de las atribuciones del Concejo Municipal es la de aprobar contratos cuando corresponda de acuerdo a Ley municipal

13122021_RESOLUCION-MUNICIPAL-N°-032-2021