DECRETO MUNICIPAL No 66 APROBACIÓN DE CÓDIGO MUNICIPAL DE ÉTICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

Que, el parágrafo I del Art. 8 de la Constitución Política del Estado establece que «el Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: el amaquilla, ama Hulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso y no seas ladrón), sumaqamaña, ñandereko, tekokavi, ivlmarael y qhapajñan (vivir bien, vida armoniosa, vida buena, tierra sin mal, camino o vida noble”. Asimismo, el parágrafo II del mencionado artículo dispone que ‘‘el Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. ”
Que, el numeral 4 del Art. 9 de la Norma Suprema prescribe que son fines y funciones esenciales del Estado el garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esa norma. Asimismo y concordante con el Art. 232 de la Carta Magna prevé que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.

28022019_DECRETO-66