DECRETO MUNICIPAL N°128

Que, el artículo 19 parágrafo I inciso e) de la Ley Municipal N°001 de ordenamiento Jurídico establece que las direcciones del Gobierno Autónomo Municipal tienen la facultad iniciativa reglamentaria y que de acuerdo al parágrafo II de dicho artículo la misma debe ser presentada mediante nota adjuntando el informe técnico y el informe jurídico conjuntamente al proyecto de decreto.

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