Ley Municipal Nº 68 Aprobacion del texto ordenado del proyecto de la Carta Organica

LEY MUNICIPAL DE APROBACIÓN DEL TEXTO ORDENADO DEL PROYECTO DE CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE “EL TORNO”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES JURÍDICOS
El artículo 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: “Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción». El parágrafo IV del artículo 284, de la misma Carta Magna, faculta al Concejo Municipal elaborar la Carta Orgánica. El numeral 1, del parágrafo I del artículo 302 de la Norma Suprema, establece que: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley”. Por otra parte, el parágrafo I del artículo 271 de la misma Ley Fundamental establece que “La Ley Marcó de Autonomías y Descentralización regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos autonómicos y Cartas Orgánicas, la transferencia y delegación competencia!, el régimen económico financiero, y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas».

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