Ley Municipal Nº 49 de Aprobación del Proyecto de Urbanización Menor «Vallegrande

LEY MUNICIPAL DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN MENOR “VALLEGRANDE – U.P.U. 2”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
La solicitud del Ejecutivo Municipal recepcionada por Secretaría del Concejo Municipal en fecha 12 de marzo de 2015, a través de la nota interna GAMET/SMA 029/2015, respecto a la aprobación del Proyecto de Urbanización Menor denominada “Vallegrande» de propiedad del Sr. Santiago Terceros Vidal con cédula de identidad N° 1984040 SC, ubicado en la Localidad de El Torno, Distrito Municipal 1, Unidad de Planificación Urbana 2 del Municipio de “El Torno».
II. ASPECTOS TÉCNICOS
El crecimiento urbano del Municipio de El Torno, en el marco de una Planificación Estratégica, hace necesario plantear y definir la zonificación y usos de suelo de las diferentes áreas de terrenos en su extensión jurisdiccional bajo normas básicas, técnicas y administrativas para la formulación de esquemas de ordenamientos a corto, mediano y largo plazo.
La urbanización es el proceso a través del cual se concentra y densifica un territorio, en forma planificada, dotándolo de vías de circulación, servicios públicos esenciales y de áreas de equipamiento, pudiendo estar contenida en toda o parte de una Unidad de Planificación Urbana.
El Sr. Santiago Terceros Vidal con cédula de identidad N° 1984040 SC, es propietario de los predios de la Urbanización Menor denominada “Vallegrande”, quien ha seguido los pasos técnicos y legales dentro del Proyecto de la mencionada Urbanización para su aprobación.

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