Ley Municipal Nº 21 de aprobación del Plan Operativo Anual 2015

LEY MUNICIPAL DE APROBACIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL Y ELPRESUPUESTO INSTITUCIONAL MUNICIPAL 2015
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
La solicitud del Ejecutivo Municipal recepcionada por Secretaría del Concejo Municipal en fecha 25 de agosto de 2014, a través de la nota interna GAMET/SMA 0124/2014, respecto a la aprobación del Plan Operativo Anual y el Presupuesto Institucional Municipal gestión 2015, complementada a través de la nota interna GAMET/SMA 0126/2014 de fecha 27 de agosto de 2014.
II. MARCO JURÍDICO
La Constitución Política del Estado en su artículo 272, establece que la autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones. La misma norma fundamental señala en el artículo 321, que la administración económica y financiera del Estado y todas las entidades públicas, se rige por su presupuesto. La Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización, manifiesta en su artículo 6, parágrafo II, numeral 3) que la Autonomía es la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado y la presente Ley, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional entre entidades territoriales autónomas, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley. La autonomía regional no goza de la facultad legislativa.

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