LEY MUNICIPAL N° 384 CTR DE COMERCIALIZACIÓN Y ABASTECIMIENTO DE CARNE,DERIBADOS

ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley Municipal tiene por objeto que el comercio minorista de carnes, despojos comestible y derivados cárnicos se efectué sólo en Mercados Municipales, de Convenio, Mercados Privados y Friales debidamente autorizados por el Gobierno Autónomo Municipal de El Torno.
ARTÍCULO 2. (FINES).- La presente ley tiene los siguientes fines:
I. Asegurar la calidad e inocuidad en el comercio minorista de carnes, despojos comestible y derivados cárnicos en el municipio de El Torno.
II. Apoyar las actividades de fiscalización en el comercio minorista de las carnes, despojos comestible y derivados cárnicos y no permitir la venta clandestina de los mismos.
III. Apoyar el reordenamiento y traslado de comerciantes asentados en las calles y aceras adyacentes a la avenida República y el Mercado Central (privado) El Torno, en el marco de lo establecido en la Ley Municipal N° 321 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Municipal N° 75.

09082021_LEY-MUNICIPAL-N°-384-CONTROL-DE-COMERCIALIZACION-Y-ABASTECIMIENTO-MINORISTA-DE-CARNE-DESPOJOS-COMESTIBLES-Y-DERIBADOS-1