DECRETO MUNICIPAL N°39

CONSIDERANDO
Que, de conformidad a lo establecido por el Art.272 de la Constitución Política del Estado, “7ª autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones”.
Que, la actual Constitución Política del Estado en su Art. 283, establece que; “los gobiernos autónomos municipales está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde”. Que, el Art. 6 de la Carta Orgánica Municipal de El Torno, indica que: «La autonomía municipal implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, deliberativa y ejecutiva, por los órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones”.
Que, son deberes de los habitantes del Municipio de El Torno, conforme establece el Art. 12, Numeral 1) de la Carta Orgánica Municipal de El Torno «Conocer, cumplir y hacer cumplir la Carta Orgánica, las leyes y normas municipales».

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