LEY N°149 – ADECUACION Y MODIFICACION PARCIAL DE LA LEY MUNICIPAL N°028 DE CONTRATOS Y CONVENIOS
LEY MUNICIPAL ADECUACIÓN Y MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY MUNICIPAL N° 028 DE CONTRATOS Y CONVENIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
En fecha 21 de noviembre de 2014, se promulgó y publicó la Ley Municipal N° 028 de Contratos y Convenios, misma que en su artículo 1o establece que tiene por objeto la categorización de los tipos de contratos y convenios que precisen de la aprobación del Concejo Municipal, y de aquellos que no. La referida Ley Municipal fue aprobada en el marco de lo establecido en la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales.
II. MARCO LEGAL
a. La Constitución Política del Estado
La Constitución Política del Estado, en el Artículo 302 parágrafo I, establece un total de 43 competencias exclusivas de los Gobiernos Municipales Autónomos y en el parágrafo
II, prescribe que serán también de ejecución municipal las competencias que le sean transferidas o delegadas. Entre las competencias exclusivas establecidas por la Constitución Política del Estado para los Gobiernos Municipales Autónomos, en el artículo 302 parágrafo I, numeral 42, establece la Planificación del Desarrollo Municipal en concordancia con la planificación Departamental y Nacional, en tanto que en el numeral 23 señala la competencia de elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones anuales y su presupuesto.