Ley Municipal Nº 18 Inicio del cobro del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles Gestión 2013

LEY MUNICIPAL QUE DETERMINA EL INICIO DEL COBRO DEL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES GESTIÓN 2013
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
La solicitud del Ejecutivo Municipal recepcionada por Secretaría del Concejo Municipal en fecha 08 de agosto de 2014, a través de la nota internaGAMET/OFM 0113/2014, respecto a la aprobación del Proyecto de Ley que determine el inicio de cobro de impuestos sobre Bienes Inmuebles Urbano con el descuento del 10% dentro de la jurisdicción Municipal de El Torno en cumplimiento de la resolución Suprema 11776 Emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas < Públicas por el lapso expresamente señalado en la norma. II. ASPECTOS TÉCNICOS En fecha 08 de agosto del 2014, se presenta ante el Órgano Legislativo Municipal el proyecto de ley presentado por el órgano Ejecutivo Municipal que tiene como propósito determinar el inicio de cobro de impuestos sobre Bienes Inmuebles Urbanos con el descuento del 10% dentro de la jurisdicción Municipal de El Torno por la gestión 2013. En efecto también se cuenta con el informe jurídico de Asesoría del Gobierno Municipal (Inf. Jur. GAMET A.L. N° 115/2014 de fecha 13/08/2014), suscrito por el Abg. Juan Diego Iporre Martínez, que en sus conclusiones señala la viabilidad de aprobación del proyecto de Ley Municipal presentado. De igual forma se cuenta con el Informe Técnico de la Dirección de Unidad de Ingreso o recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de El Torno (Informe Técnico 005/2014 s/f) referentes a las tablas de valuación zonal, valuación de la construcción, factores de existencias de servicios, factores de inclinación para la valuación del terreno, escala impositiva del IPBI a la gestión 2013 y escala impositiva al impuesto a la propiedad agraria para la gestión 2013 determinadas en la Resolución Suprema 11776.

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