Ley Muncipal Nº 15 Declara de necesidad y utilidad pública la expropiación

LEY MUNICIPAL: DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES PARA CONSOLIDACIÓN DELCENTRO DE SALUD VILLA TUMAVI, DISTRITO MUNICIPAL N° 3
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
La solicitud del Ejecutivo Municipal recepcionada por Secretaría del Concejo Municipal en fecha 15 de julio de 2014, a través de la nota interna GAMET/OFM 102/2014, en razón de la solicitud formulada por las autoridades de la comunidad Villa Tumavi, Distrito Municipal N° 3, de fecha 28 de abril de 2014, con el fin de contar con una ampliación para el centro de Salud de la comunidad.
II. ASPECTOS GENERALES
Si bien se tiene construida una infraestructura de función y objeto público (Centro de Salud), el terreno donde está asentada esta, es de propiedad de un particular, motivo por el cual para seguir realizando la inversión y mantenimiento de dicha infraestructura, se hace necesario adquirir el derecho propietario, en este caso, dadas las circunstancias a través de una declaratoria de necesidad y utilidad pública.
Informe DDSMA/FA/OF- 65/14 (10/07/2014), suscrito por los Sres. Ing. Edwin Arce Condo e Ing. Marco Canaviri Caballero director y responsable de Medio Ambiente y Áridos de la DDSMA respectivamente, establece en sus conclusiones que tal petición es viable con relación a las condiciones del plan de uso de suelo en relación a leyes y reglamentos de carácter ambiental.

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