DECRETO MUNICIPAL N° 61 REGLAMENTO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS
CONSIDERANDO I:
Que, El Art. 33, de la Constitución Política del Estado, establece que uno de los derechos que tienen todos los ciudadanos que habitan en todo el territorio boliviano a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado y que el ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.
Que, por otra parte, la Constitución Política del Estado, en el Art. 299, parágrafo II, numeral 13 prevé que la seguridad ciudadana se ejerce de forma compartida entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.
Que, el Art. 22, Numeral 1, de la Carta Orgánica Municipal de El Torno, establece las facultades que tiene el Órgano Legislativo, siendo una de ellas la facultad legislativa de poder emitir leyes sobre materias que son de competencia exclusiva y leyes de desarrollo en el marco de sus competencias compartidas, concordantes con los Art. 17, Numeral 1, Art. 19, Numeral 1 de la misma norma municipal.