Ley Municipal Nº 10 de Aprobación del Proyecto de Carta Orgánica Municipal

LEY MUNICIPAL DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
El Articulo 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: “Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción». El Articulo 284 Parágrafo IV de la CPE, faculta al Concejo Municipal elaborar la Carta Orgánica. El Artículo 302.1.1 de la Norma Suprema, establece que: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley». Por otra parte, el Artículo 271 de la CPE Parágrafo I. establece que “La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos autonómicos y Cartas Orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero, y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas». En efecto, el Gobierno Municipal Autónomo “El Torno», por intermedio del Concejo Municipal, a partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado tiene como tarea fundamental reestructurar su vida institucional a partir de los mecanismos otorgados por esta norma fundamental, como es el de las Cartas Orgánicas Municipales. En ese contexto, por intermedio de la Asamblea Legislativa Plurinacional se ha desarrollado la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Ley N° 031 de fecha diecisiete de julio de 2010, para dar paso a la consolidación de las Cartas Orgánicas Municipales.

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